Los dos últimos alcaldes de Getaria podrían ir a la cárcel por no actuar ante las denuncias por los ruidos de un bar
EFE 1 de noviembre de 2017
Nika Lertxundi (EH Bildu) y Andoni Aristi (PNV) serán juzgados próximamente acusados de un delito de prevaricación
El actual alcalde de Getaria, Nikanor Lertxundi (EH Bildu), y el anterior primer edil de la localidad, Andoni Aristi (PNV), serán juzgados próximamente acusados de un delito de prevaricación por no adoptar medidas para solucionar el problema de ruidos generados a los vecinos por un bar de la localidad.
La Fiscalía de Gipuzkoa pide para ambos mandatarios municipales dos años y medio de cárcel, así como nueve años y seis meses de inhabilitación para empleo o cargo público.
Según detalla el escrito de acusación provisional del Ministerio Público, al que hoy ha tenido acceso EFE, en el mismo proceso judicial se encuentran encausados otros tres hombres que explotaron el citado establecimiento hostelero entre junio de 2007 y diciembre de 2014, quienes se enfrentan a penas que suman ocho años de cárcel para cada uno de ellos.
La Fiscalía imputa a estos tres procesados un delito contra el medio ambiente y otro de lesiones, ya que una vecina que sufría un trastorno de ansiedad presuntamente vio agravada su dolencia como consecuencia del ruido del local.
El texto del Ministerio Público retrotrae los hechos hasta el 28 de diciembre de 2007, fecha a partir de la cual se produjeron «numerosas» quejas ante el Ayuntamiento de Getaria por parte de los vecinos de los inmuebles colindantes con el bar, «siendo asimismo constantes las llamadas a la Ertzaintza» por este motivo.
El documento cita hasta once quejas firmadas por distintos vecinos entre la citada fecha y el 25 de octubre de 2014, hasta que «de mano» de una de las afectadas el asunto llegó al Ararteko que decidió abrir un expediente.
El Ministerio Público recuerda que, a consecuencia de la primera de las quejas, el Ayuntamiento solicitó un informe técnico que el 30 de enero de 2008 «concluyó que el nivel sonoro de emisión del equipo de música» del bar «superaba los niveles máximos indicados» en el decreto de contaminación acústica de la Comunidad Autónoma Vasca para el horario nocturno.
Asimismo, este informe determinó que «la instalación no disponía de sistema de limitación», que «el motor de ventilación general del local estaba estropeado» y que «realizar la ventilación por la puerta del almacén suponía aumentar considerablemente la afección a las viviendas, al existir fuga del ruido al patio», donde se encontraba el «principal foco».
Posteriormente, el 18 de marzo de 2008, el arquitecto municipal emitió un nuevo informe, dirigido al consistorio, que «recalcaba que el nivel de ruido sobrepasaba los límites permitidos» e instaba «a la reparación del sistema de ventilación y a la instalación de una doble puerta entre el bar y el almacén», además de proponer «un sistema de anclaje para el equipo de música mediante un limitador frecuencial con un registro fonográfico para controlar el sonido», si bien «nada se hizo».
Un nuevo informe, emitido el 18 de abril de 2011, hizo constar que el establecimiento «carecía de licencia de apertura y de actividad para bar, a pesar de que durante años se le había dado este uso», al tiempo que ordenaba al acusado que en ese momento lo regentaba que cesara «de inmediato la actividad», hasta no ultimar «todos los trámites para la concesión de la licencia».
«A pesar de lo expuesto -prosigue el documento de la Fiscalía-, el local siguió funcionando, sin iniciar ninguno de sus explotadores trámite alguno para la concesión de las licencias de apertura y actividad, y sin realizar obra alguna que minimizara el impacto que el ruido procedente del establecimiento tenía en el vecindario».
El escrito de acusación señala que, a pesar de que los dos alcaldes acusados «tenían conocimiento de los referidos informes» no adoptaron «ninguna medida», más allá de «reunirse con los vecinos a fin de que expusieran sus quejas».
Aún cuando ambos recibieron los tres informes citados, «no se hizo efectivo el cierre del local que se ordenaba» en el segundo de estos documentos, «ni se exigieron las reformas que hubieran limitado el impacto del ruido en los vecinos», una de las cuales «vio agravado y favorecido» el trastorno de ansiedad que previamente padecía, y por el que tuvo que ser tratada médicamente.
Además de las citadas penas de cárcel, el Ministerio Público reclama también que los tres responsables del local indemnicen con distintas compensaciones económicas a los vecinos afectados.